viernes, octubre 25, 2024

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TIRO AL BLANCO N° 163

La familia Gómez Martínez, una de las propietarias del periódico El Colombiano, logró, por lo menos analizar otro nombre que podría ser designado como nuevo director de la casa editorial, en reemplazo de la periodista Ana Mercedes Gómez Martínez.
Varios de los integrantes de la plana directiva del periódico, susurran su preocupación, puesto que los Gómez Martínez, propusieron al exdirector de prensa del presidente Uribe y exambajador del Vaticano, Cesar Mauricio Velásquez Ossa, como posible director del periódico. Marta Ortiz, la sobrina de la familia, está perdiendo puntos.
Velásquez Ossa, quien también se desempeñó como Decano de la Facultad de Comunicaciones de la Universidad de la Sabana, es seguidor a ultranza de todas las políticas, decisiones, movimientos, miradas, pensamientos, manoteos y hasta montadas a caballo del expresidente de los colombianos, Álvaro Uribe Vélez.
Los subalternos de El Colombiano, murmuraron que de confirmarse la versión, el periódico se convertiría de manera oficial, en la Sala de Prensa del exmandatario presidencial.
En el Código Penal colombiano, está tipificado el Delito de Concusión como: “El servidor público que abusando de su cargo o de sus funciones constriña o induzca a alguien a dar o prometer al mismo servidor o a un tercero, dinero o cualquier otro utilidad indebidos, o los solicite, incurrirá en prisión de 4 a 8 años, multa de 50 a 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes, e interdicción de derechos y funciones públicas por el mismo término de la pena principal”.
Los empleados del defectuoso aparato gubernamental, diseñado adrede para la clientela y burocracia, son permisivos a la hora de denunciar este delito. Además, la comunidad ve normal que un servidor público, especialmente los elegidos por voto popular, pague con puestos de trabajo, vinculaciones laborales y contratos de servicios a sus simpatizantes por los favores recibidos durante la campaña.
Esos favores pagados, son también con conocimiento de causa, tienen su respectivo retorno en la siguiente campaña. A la vista de cualquier ciudadano, es normal ayudar a quien ayudó, amor con amor se paga. Cada candidato, espera como mínimo, tener la solidaridad de esos simpatizantes, a quien ayudó después de campaña a llevar el mercado a la casa, o a quien le consiguió su propio empleo, o el de sus hijos o su hermano. La gratitud es de esperarse.
Cuando esas ayudas económicas, permitidas por la ley, provienen de empresas o personas que no tienen ninguna clase de relación contractual o laboral con las entidades del Estado, son completamente lícitas. Pero cuando provenientes del bolsillo de servidores públicos, son completamente cuestionables.
La constitución política colombiana de 1991, designa como Servidores Públicos a aquellas personas que prestan sus servicios a la comunidad a través del Estado o la Administración Pública.
Entre los servidores públicos existen tres categorías, los Empleados Públicos, quienes están vinculados de manera formal a una entidad y cumplen funciones establecidas con anterioridad; los Trabajadores Oficiales, quienes están vinculados mediante contratos de trabajo, relación que puede cancelarse de acuerdo con el desempeño del trabajador; y los miembros de corporaciones de elección popular como concejales, diputados y congresistas, elegidos por voto popular.
Los servidores públicos pueden acceder a un puesto laboral con entidades gubernamentales a través de la carrera administrativa o por concurso. Es decir, cualquier persona que cumpla requisitos puede competir con otras por un el cargo especifico, pero también, puede ser retirado por una labor no satisfactoria, por no cumplir las normas o simplemente porque el contrato llega a su término.
Igualmente un servidor público puede acceder a un cargo de libre nombramiento y remoción, figura que se acomoda como anillo al dedo para pagar favores recibidos en campaña. El servidor es nombrado por el superior de acuerdo a la jerarquía del cargo al que aspira; pero igualmente, son retirados cuando su jefe inmediato, o sea el mismo que lo nombró, solicita la renuncia al cargo, o en otras ocasiones cuando se presenta cambio de jefes.
Los trabajadores de oficina o auxiliares administrativos, son también servidores públicos. Acceden a su cargo a través de un contrato de trabajo similar al de cualquier empresa, y pueden ser retirados del cargo cuando se crea que su labor es ineficiente o cuando se cumpla su contrato con el empleador.
Finalmente son servidores públicos los integrantes de los Concejos, Asambleas Departamentales y el Congreso de la República. Son cargos de elección popular y pueden ser retirados de su curul mediante la pérdida de investidura y excluidos de la vida pública por violaciones a la ley.

En campaña electoral, el Delito de Concusión, es una anormalidad demasiado común, que por su recurrente práctica, ni los políticos, ni los mismos servidores públicos perciben, debido a que hace parte de su cotidianidad, de su manera de ser, es un hábito igual que cepillarse los dientes, como ir al baño. Pedir plata por comisión en el sector público, es una actividad completamente trivial, evidente y desapercibida.

La mayoría de servidores públicos de elección popular incurren en esta falta y no dimensionan las proporciones del berenjenal en el que se podrían ver sometidos en caso de ser denunciados, si los organismos de control disciplinarios cumplieran su función. Sin embargo, por causas del desempleo, muchos empleados oficiales sacrifican hasta el 50% de sus jugosos salarios mensuales para alimentar las arcas de políticos inescrupulosos, que ven en esta actividad un lucrativo negocio y la financiación de sus propias campañas electorales.
El servidor público, gerente o director de cualquier entidad estatal, que realice colectas económicas entre subalternos podría incurrir en este delito y convertirse en acreedor a una pena de entre 4 y 8 años de prisión y al pago de una multa de entre 50 y 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes, además de perder sus derechos y funciones públicas, sí la procuraduría aplicara las normas para todos por el mismo rasero.
Concusión, es el delito por el que algunos empleados del Área Metropolitana del Valle del Aburrá, están sindicando a un alto exfuncionario de esta entidad, quien sigue en el gobierno, que al parecer recaudó una plática entre sus subalternos que fue a parar a la campaña del excandidato y hoy Gobernador de Antioquia Sergio Fajardo. Cuestionable esta clase de prácticas entre los integrantes de la nueva forma de hacer política. Por una parte violan la ley y por la otra incumplen lo que los últimos ocho años han predicado, la transparencia. “Dime de qué alardeas y te diré de qué escaseas”…

Desafortunada fue la sanción que impusiera la Procuraduría General de la Nación al exconcejal de Medellín Carlos Ballesteros Barón, quien fue inhabilitado en segunda instancia por 10 años para ejercer cargos públicos por incurrir en una de las causales de incompatibilidad estipulada en el Articulo 48 de la Ley 734 de 2002 del Código Disciplinario Único.

Para los simpatizantes de uno de los mejores concejales que tuvo la ciudad durante la desastrosa era del Alcalde “Lonso” Salazar, el fallo de la Procuraduría deja sinsabores, puesto que saca del escenario a uno de los juristas más sobresalientes de Medellín, integrante de desgastado Polo Democrático Alternativo. Dicen, que a veces en la minucia se cometen errores, y precisamente ahí, en la insignificancia, fue donde se dio papaya.
El Ministerio Público declaró responsable disciplinariamente al abogado Ballesteros Barón, debido a que cuando se desempeñó como Concejal en el año 2008, continuó siendo apoderado de la señora Maryory Rivera Villegas en una demanda contra el Municipio de Medellín. Esa representación está totalmente prohibida, porque se incurre en una falta gravísima a título de dolo.
Su color favorito es el amarillo. La han comparado con Jackson Pollock y Pablo Picasso. Su talento ha sido reconocido por artistas y críticos de todo el mundo y su pieza más barata cuesta alrededor de 4 mil dólares. Con sólo 5 años, Aelita Andre inauguró este martes Secret Universe (Universo secreto), su segunda exposición individual en la ciudad de Nueva York.
Por: Adolfo León Ospina Mejía
Hace algún tiempo, cuando iniciaba uno de los muchos intentos de paz en el Medio Oriente, le preguntaron a una mujer palestina si estaba dispuesta a perdonar la muerte de su esposo en manos de los israelíes, la respuesta fue corta y contundente: “no”.
Cierto es que todo proceso de paz debe comenzar con un compromiso político de cada una de las partes que se encuentran inmersos directamente en el conflicto, pero nunca deberá abstraerse de las necesidades y expectativas de la población y de la capacidad que ésta tenga de perdonar.
El congreso colombiano ha iniciado un proceso que pretende dar pie jurídico a cualquier proceso de paz que se de en el país y me parece que responde a las necesidades de los colombianos, en cuanto intenta dar salida a la guerra de la que los habitantes de este país estamos hartos.
Los 50 años de conflicto interno nos han demostrado que la guerra sólo es benéfica para algunos que hacen de ella un lucrativo negocio que crece en proporción directa al número de muertes que el mismo conflicto genera y para otros que han hecho del mismo el caballito de batalla donde poner a marchar su propuesta política. Son estos, los que ven más bondades que perjuicios en la guerra los que han generado un debate a la iniciativa del marco jurídico para la paz, más con un intento empantanador que con un ánimo propositivo para el conflicto del país.
La iniciativa legal puede ser un punto de partida que genere alternativas reales de paz, pues la guerra no ha hecho más que causar dolor y pobreza y está en manos de todos que ese proceso llegue a un término en el que solamente gane Colombia.
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Ruben Benjumea
Soy periodista por vicio y bloguero por pasión y necesidad. Estamos fortaleciendo otra forma de hacer periodismo independiente, sin mucha censura, con miedo a las balas perdidas, pero sin cobardía.