jueves, marzo 28, 2024

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“LLUVIA DE PELOTAS”

gardiazabal66-copia1Por: @adolfospina

Lluvia de pelotas es una figura del baile denominado “rueda casino” en la que el hombre pasa de mujer en mujer de manera rápida y continua, generando una dinámica alegre y socializadora, pero que no lo compromete con su pareja de baile. Tal parece que los magistrados de la Corte Constitucional han optado por una figura similar cuando se trata de tomar decisiones trascendentales que tienen una amplia carga de compromiso ideológico y religioso.

El más reciente y controvertido fallo de tutela de dicha Corte así lo demuestra. El pasado jueves 28 de agosto el país amaneció una vez más radicalizado en dos posiciones. Por un lado, los defensores de los derechos de las minorías con un sabor agridulce; por el otro los conservadores y cristianos completamente consternados y casi que con infarto al corazón, debido al fallo que permite a una pareja de lesbianas de Medellín adoptar legalmente (ya estaba de hecho) a la hija biológica de una de ellas.

La verdad del fallo deja una ambivalencia harto grande en los defensores de una sociedad más igualitaria y que abogan por un país donde prime el respeto por el otro. Sin embargo, el fallo vuelve y muestra la parcialidad de los magistrados, pues por encima del argumento jurídico, por donde se debería generar, priman los de tipo ideológico y religioso.

El fallo que tuteló el derecho de la niña y de las dos mujeres a conformar una familia, pues de lo contrario se representaba un “déficit de protección” deja dos cosas muy positivas para la comunidad LGBTI, la primera la ratificación de que personas del mismo sexo pueden conformar una familia, como lo había ratificado en sentencias de 2007 y 2009 la misma Corte, y la segunda, un precedente para continuar la defensa de una adopción en igualdad de condiciones, pues aun hoy el proceso es completamente discriminatorio con este sector de la población.

Pero la Corte Constitucional sigue dejando amplios vacíos que no solucionan de raíz temas tan estratégicos para la formación de una sociedad en la que todos seamos iguales, pues como lo exponía el bloque liberal de la Corte, el fallo debería girar en torno al derecho de igualdad y no al argumento esgrimido por el magistrado Guerrero que fue su ponente.

Esta pequeña diferencia argumentativa deja en pie la lucha que en un momento determinado pudo haberse acabado, pues si el argumento prevaleciente hubiese sido el de la igualdad cualquier pareja del mismo sexo podría aspirar a adoptar a un menor sin que su condición sexual fuera un impedimento para ello y sin la necesidad de que el adoptado tuviera una relación biológica con alguno de los adoptantes.

Seguirá entonces la lucha casi sin tregua entre las minorías de cualquier tipo y una sociedad que se niega a reconocerles los derechos, pero con un condicionamiento adicional que deja muy mal parados a los órganos encargados de decidir, legislar y fungir como árbitros en nuestro país, pues ellos no toman medidas de fondo sino de choque (como en el caso de la adopción o del matrimonio igualitario), dejando ver y prevalecer sus preferencias personales por encima de las jurídicas.

Una reflexión final. Nuestra sociedad no puede seguir atada a la inclinación religiosa de los legisladores y jueces, es inconcebible seguir pensándonos como un estado apéndice de un credo religioso, donde todos los preceptos en derecho que nos rigen sean aplicados en razón de una doctrina eclesiástica determinada.

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Adolfo Ospina
Licenciado en Educación Español y Literatura de U de A, apareció hace unos 4 años a este proyecto. Especialista en pedagogía de la lengua escrita de la Universidad Santo Tomás, Ambientalista y defensor de los derechos de los animales, peor que Vallejo.