viernes, julio 26, 2024

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“FAJARDO VIOLÓ”

Por haber invertido más de $19.000’000.000 (diecinueve mil millones de pesos) de manera irregular durante la Gobernación de Fajardo, el Departamento podría asumir sanciones económicas.

El asunto es que durante la gobernación de Sergio Fajardo se incumplieron las normas sobre la utilización y ejecución de los recursos del Sistema General de Regalías. La Dirección de Planeación Nacional, abrió tres investigaciones y formuló para cada una pliego de cargos por mala utilización y ejecución de los recursos del Sistema General de Regalías durante la Administración Fajardo.

Los casos tienen que ver con la implementación, fomento a la creación de empresas y al fortalecimiento empresarial de las subregiones del Departamento de Antioquia por $10.500’000.000 (diez mil quinientos millones de pesos). Otro de los proyectos que podrían enredar a Fajardo y sus amigos tiene relación con el fortalecimiento de la cadena productiva de leche del distrito del norte antioqueño por otros $10.300’000.000 (diez mil trescientos millones de pesos).

El otro proyecto por el que el exgobernador es investigado es por el apoyo a la atención de la población pobre no cubierta con subsidio de salud en todo el Departamento de Antioquia por $8.200’000.000 (ocho mil doscientos millones de pesos). Según Planeación Nacional, Fajardo modificó las fuentes de financiación e incrementó el valor de los proyectos aprobados, sin cumplir con el trámite respectivo, vulnerando lo dispuesto en el Decreto 1082 de 2015 y en distintos acuerdos. En el caso de los subsidios de salud, Fajardo incumplió las normas sobre utilización de los recursos del Sistema General de Regalías para atender obligaciones del sector.

Por las conductas irregulares de Fajardo, se podrán imponer medidas como la suspensión de giros de regalías, la no aprobación de proyectos con cargo a los recursos de los fondos de desarrollo y compensación regional, ciencia, tecnología e innovación, además de medidas sancionatorias como la desaprobación de los proyectos referidos con la consecuente devolución de los recursos, la imposición de multas o la designación de un gestor temporal para los proyectos de regalías, según lo disponen los artículos 116 y 117 de la Ley 1530 de 2012, sin contar la violación de la Ley 617 por haber excedido la cuantía de los gastos de funcionamiento durante el año anterior 2015.

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Ruben Benjumea
Soy periodista por vicio y bloguero por pasión y necesidad. Estamos fortaleciendo otra forma de hacer periodismo independiente, sin mucha censura, con miedo a las balas perdidas, pero sin cobardía.