Conocida la designación de Jorge Andrés Carrillo como cuarto gerente de Empresas Públicas de Medellín por parte del alcalde Quintero, empezaron a conocerse versiones que indican que podría estar inhabilitado para asumir el cargo.
De acuerdo con la Ley 489 de 1998 en sus artículos 9, 10 y 102, los miembros de las juntas directivas de establecimientos públicos estarían inhabilitados para prestar servicios profesionales en la misma entidad. Concepto función pública
Frente a esa posible inhabilidad, tanto la junta directiva como la administración del alcalde Quintero tendrán que explicar la situación.
El nuevo gerente de Empresas Públicas de Medellín, Jorge Andrés Carrillo es ingeniero y se ha desempeñado como viceministro de aguas, superintendente de servicios públicos, además que ha venido desempeñándose como miembro de las juntas directivas de ISA y EPM.
La designación de Carrillo se presentó después de la renuncia de Alejandro Calderón Chatet, quien afrontó tremenda polémica después de conocerse supuestas inconsistencias en su hoja de vida.
Los retos del ingeniero Carrillo, si lo dejan, serán mantener la calificación del conglomerado, sacar adelante Afinia y poner en operación a Hidroituango.
Sin embargo, hecha la presente publicación nos hicieron llegar un concepto del Consejo de Estado realizado el mes de diciembre de 2019 en el que se expresa que el reciente designado gerente de la entidad, no tendrá problema para posesionarse, cosas de interpretación…
Iré dando mi opinión sobre caso Gerente @EPMestamosahi
Lo primero: los conceptos de la Sala de Consulta y Servicio Civil, son eso: simples conceptos, opiniones.
No obligan.
No vinculan.
No tienen fuerza normativa.
No garantizan que una decisión es la correcta o no lo sea.— David Suárez Tamayo (@SuarezTrinando) April 13, 2021