martes, octubre 8, 2024

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BOCHORNOSA REINCIDENCIA

El Congreso debatirá en los próximos días un proyecto de ley que radicó el Gobierno con mensaje de urgencia (un trámite abreviado por razones de conveniencia pública) para hacerle frente a la inseguridad callejera en las ciudades que contempla una serie de endurecimientos punitivos para los reincidentes en delitos y para quienes usen ciertas armas y elementos de ocultamiento de identidad, pese a que se trata de temas que probablemente ningún experto avala y que en algunos casos la Corte Constitucional ya dijo que eran contrarios a la Carta Política.

Se trata de un adefesio jurídico que sólo se compara con la inconstitucional reforma reciente a la Ley de Garantías y que desde ya podemos pronosticar que será aprobada y posteriormente también declarada inconstitucional pero que de todos modos el gobierno necesita para mostrar mano dura que seguramente volverá a ser próximo tema de campaña electoral de su partido.

Los endurecimientos punitivos son, generalmente, decisiones populistas de política criminal que buscan generar una respuesta simbólica a problemas reales, pues se basan en creer que aumentando penas los delitos se van a reducir, como si los delincuentes estuvieran leyendo con preocupación la gaceta en que se publican las leyes para luego decidir si mejor cambian de camino.

La idea de castigar la reincidencia es pura bravuconería porque tal cosa no es lícita ni conveniente. No es lícita porque en un Estado de Derecho a nadie se le puede castigar dos veces por lo mismo y el aumento de una pena que esté basado en que su autor es reincidente no es otra cosa que el cobro de intereses por una deuda diferente. No es conveniente porque la reincidencia significa que el Estado no fue capaz de resocializar al infractor y dicho problema no debe ser encubierto a través del mayor castigo para el que reincide porque entonces perderemos de vista la responsabilidad que le corresponde al Estado en el problema.

La idea de aumentar penas por realizar un delito portando un arma o determinado elemento que se considere peligroso es pobre porque se basa únicamente en que esto ocurre muchas veces, pero no en que sea más grave que lo que existe actualmente (donde los delitos contra personas y la propiedad ya tienen ese tipo de agravantes). De hecho, se incurre en la torpeza de mencionar a las armas traumáticas como elementos diferentes a las armas de fuego, a pesar de que el Ministerio de Defensa hace poco sacó un Decreto diciendo que iban a ser lo mismo para efectos penales (por ejemplo, el porte sin salvoconducto).

Se aumentan las penas para los que se cubran el rostro, pese a que cubrirse el rostro normalmente no tiene nada que ver con el delito, sino con la pretensión de evadir la investigación, y no es un deber de ningún infractor el facilitar la investigación en su contra. Curiosamente, es la Policía la que más incurre en estas conductas, pues habitualmente sus agentes cubren su rostro con los cascos de sus motocicletas y cubren sus números de identificación mientras abusan de su autoridad.

Estos temas son relativamente básicos y desarrollan principios constitucionales que limitan accionar del legislador penal. La Corte Constitucional hace relativamente poco declaró inexequible una norma que decía que los jueces de garantías debían imponer medidas de aseguramiento a quienes fueran capturados en reincidencia, y el argumento de entonces fue bastante simple: la Constitución prohíbe que a una persona se le determine su futuro solamente por lo que hizo en el pasado.

Los impulsores de esta pobrísima política de “mano dura” por supuesto que aborrecen la Constitución porque les impide esta clase de desafueros facilistas. En realidad, lo difícil es impactar las verdaderas causas de los delitos y en especial de las reincidencias porque allí se requiere política pública, y esa no da tantos votos como el anuncio de mano dura. Quienes están incurriendo en una bochornosa reincidencia son los políticos impulsores de estas iniciativas que ya se sabe que son inconstitucionales y que para nada sirven.

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LUIS MAURICIO URQUIJO TEJADA
Abogado penalista, docente universitario y conferencista en temas relacionados con la criminología.